7 abril 2026
Modelos de autoliquidación de Castilla-La mancha
Con efectos desde el 8-5-2026, se establece la obligatoriedad de presentación en el Registro Electrónico Tributario de los modelos de autoliquidación 650, 651 y 655.
Puede incluirse en la base imponible del Impuesto la cuota diferencial positiva del IRPF correspondiente al mismo ejercicio, así como el importe de la devolución a obtener.
Entre tales deudas puede figurar la cuota diferencial positiva del IRPF correspondiente al mismo ejercicio, pues el hecho de la falta de exigencia de este impuesto a 31 de diciembre, fecha de devengo del impuesto patrimonial, no significa que la deuda no existe. De la misma forma, el importe de la devolución a obtener ha de consignarse como un derecho susceptible de integrar la base imponible del IP.DGT CV 3-12-21V3002-21
7 abril 2026
Con efectos desde el 8-5-2026, se establece la obligatoriedad de presentación en el Registro Electrónico Tributario de los modelos de autoliquidación 650, 651 y 655.
30 diciembre 2025
Con efectos desde el 29-10-2024, no se integran en la base imponible del Impuesto, en los términos de la LIRPF disp.adic.5ª, las rentas positivas que se pongan de manifiesto por la percepción de determinadas ayudas concedidas por la Comunitat Valenciana como consecuencia de determinadas catástrofes naturales.
1 julio 2025
Se actualiza el reglamento del IRPF para adaptarlo a lo regulado en la norma foral del impuesto.
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