23 junio 2026
Actualización de los límites del valor de las viviendas en Baleares
A efectos de la aplicación de determinados beneficios fiscales, se adaptan los límites importes correspondientes al valor de las viviendas.
Una persona física presenta declaración por el IRNR en la que declara que es residente en Brasil, y en la cual consigna las cantidades satisfechas por ICEX España, así como las retenciones soportadas por ellas. Dado que considera que están exentas por el CDI, las incluye como tales y solicita la devolución de los importes retenidos a cuenta, conforme a la LIRNR art.14.1.b.
No obstante, la Administración le gira una propuesta de liquidación provisional en el marco de un procedimiento de comprobación limitada, en la cual se regulariza el importe de la devolución solicitada, dado que al no haberse aportado un certificado de residencia fiscal en Brasil, este no resulta de aplicación, por lo que hay que acudir a la norma doméstica.
El interesado recurre ante el TEAR, el cual le da la razón, por lo que la Inspección de la AEAT presenta recurso extraordinario de alzada para unificación de criterio ante el TEAC.
Primeramente, el TEAC aclara que en su respuesta no va a tener en cuenta la posible existencia de un CDI. Por tanto, sus conclusiones han de tenerse en consideración exclusivamente a los efectos de la normativa interna española.
Conforme a lo anterior, la norma discutida exige el cumplimiento de los requisitos siguientes:
23 junio 2026
A efectos de la aplicación de determinados beneficios fiscales, se adaptan los límites importes correspondientes al valor de las viviendas.
1 enero 2026
Se regula el recargo provincial sobre las cuotas municipales del IAE para el año 2026.
16 septiembre 2025
La Dirección General de Tributos considera no aplicable la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo a la sustitución subjetiva del deudor en caso de compraventa de un inmueble con subrogación hipotecaria como parte del precio de venta.
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