Actualidad. 14 a 20 de marzo de 2023 Autoliquidación en el IRPF de Araba Se aprueban las modalidades y los plazos para la presentación y pago de las declaraciones del IRPF para el ejercicio 2022.
14Con efectos a partir del 18-3-2023, se aprueban en Araba las nomas y modalidades para la presentación de las declaraciones del IRPF correspondiente al periodo impositivo 2022:a) Modalidades de presentación.Las declaraciones de IRPF pueden presentarse a través de:1. Rentafácil: estas son las propuestas de autoliquidación que la Diputación Foral de Araba calcula a determinados contribuyentes; tienen la consideración de autoliquidación en el momento en el que consta la conformidad del contribuyente.Los contribuyentes a los que se calculen estas propuestas de autoliquidación pueden modificarlas para incluir:
- rendimientos del capital inmobiliario procedentes de viviendas (NF Araba 33/2013 art.32.1);
- deducción por alquiler de vivienda habitual (NF Araba 33/2013 art.86);
- deducción por las cantidades depositadas en cuenta vivienda (NF Araba 33/2013 art.87.5);
- deducción por donativos, donaciones, aportaciones irrevocables, puras y simples, las cesiones temporales gratuitas y las prestaciones gratuitas de servicios realizadas en favor de las entidades acogidas al régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos e incentivos fiscales al mecenazgo (NF Araba 35/2021).
Estas modificaciones deben realizarse a través de la sede electrónica de la Diputación a través de www.araba.eus. Para ello, son válidos los medios de identificación y firma electrónica Bak y Bakq, emitidos por IZENPE, así como cualquier otro certificado digital válido en esa sede.Cuando conste que el contribuyente ha realizado modificaciones y que ha aceptado la propuesta modificada, se procede a practicar la devolución o, en su caso, a domiciliar la cuota resultante.En caso de no presentar la conformidad, ni modificar la propuesta recibida en el plazo establecido, esta se tiene por no presentada, quedando el contribuyente obligado a presentar, en su caso, a través de alguno de los restantes sistemas.Asimismo, la aceptación y modificación de esta propuesta a través de
representante voluntario requiere el otorgamiento del subnivel Dos a) de representación voluntaria (
DF Araba 15/2010).Los
plazos de presentación en esta modalidad son los siguientes:
- para la confirmación de las propuestas remitidas a los contribuyentes, así como las modificaciones de las mismas del 5-4-2023 al 18-6-2023.Las conformaciones a esas propuestas, fuera de la sede electrónica de la Diputación Foral de Araba del 19-4-2023 al 18-6-2023;
- las modificaciones de estas propuestas, en las oficinas de la Hacienda Foral, pueden realizarse del 19-4-2023 al 26-6-2023 siempre que el contribuyente no esté excluido por alguno de los supuestos enumerados en rent@raba.
2. Rentared: son las declaraciones confeccionadas por los contribuyentes mediante el Programa de Ayuda y que se remiten por la sede electrónica de la Diputación en www.araba.eus. A efectos de la remisión de estas declaraciones, son válidos los medios de identificación y firma electrónica Bak y Bakq, emitidos por IZENPE, así como cualquier otro certificado digital válido en esa sede electrónica.La presentación de esta declaración a través de
representante voluntario requiere el otorgamiento del subnivel Dos a) de representación voluntaria (
DF Araba 15/2010 ).El
plazo de presentación para rentared es del 3-4-2023 al 26-6-2023.
3. Rent@raba: es un servicio para confeccionar las declaraciones del IRPF que se presta en las oficinas de Hacienda de la Diputación Foral de Álava a los contribuyentes que reúnan determinados requisitos. Es un servicio gratuito excepto para los contribuyentes que en el ejercicio 2022 se encuentren en alguno de estos supuestos:
- ejerzan una actividad económica o, ser socio, heredero o partícipe de entidades en régimen de atribución de rentas que desarrollen una actividad económica;
- hayan transmitido la vivienda habitual;
- hayan realizado más de tres operaciones de venta de valores mobiliarios o inmobiliarios;
- hayan transmitido, acciones o participaciones de sociedades mercantiles no admitidas a negociación en alguno de los mercados regulados de valores;
- hayan optado por tributar de acuerdo con el régimen especial para trabajadores desplazados (NF Araba 33/2013 art.56 bis).
Asimismo, las gestorías y asesorías acreditadas por la Diputación pueden también presentar las declaraciones a través de este sistema pero requiere el otorgamiento de representación voluntaria (
DF Araba 15/2010 ).Se establece que los
plazos de presentación son los siguientes:
- en las oficinas de la Hacienda Foral, del 19-4-2023 al 26-6-2023;
- en las gestorías o asesorías acreditadas, del 3-4-2023 al 26-6-2023.
b) Pago.Con
carácter general, el ingreso de la totalidad de la deuda debe realizarse hasta el 26-6-2023.No obstante, el ingreso puede
fraccionarse sin intereses ni recargos en dos partes:
- 60% de su importe hasta el 26-6-2023;
- 40% restante, hasta el 10-11-2023.
Este fraccionamiento no se aplica a las autoliquidaciones presentadas fuera de plazo ni a las complementarias; asimismo, la
falta de ingreso en plazo de la primera parte, determina la recaudación de la totalidad de la deuda en vía ejecutiva.
OF Araba 143/2023, BOTHA 17-3-23