Aprobación del nuevo modelo 170 en Navarra

1 enero 2026

Actualidad. 30 diciembre de 2025 a 5 de enero de 2026
Aprobación del nuevo modelo 170 en Navarra

Se aprueba el modelo 170, de Declaración informativa mensual de las operaciones realizadas por los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de cualquier tipo de tarjetas y mediante pagos asociados a números de teléfono móvil. MFF nº 10192

Con efectos a partir del 1-1-2026 y, de aplicación por primera vez, para las declaraciones relativas al mes de enero de 2026, que se han de presentar en el mes de febrero de 2026:

  • a) Están obligadas a presentar este modelo las entidades bancarias o de crédito y demás entidades que, de acuerdo con la normativa vigente, presten el servicio de gestión de cobros a través de tarjetas de crédito o de débito a empresarios y profesionales establecidos en España.
  • b) El objeto de la información es:
    • la identificación completa de los empresarios o profesionales;
    • el número de comercio con el que estos operan en el sistema;
    • el importe anual facturado;
    • la identificación de las cuentas a través de las que se efectúen los cobros;
    • cualquier otro dato relevante al efecto.
  • c) El plazo de presentación es el mes natural siguiente al que se refiera la declaración. La periodicidad es de carácter mensual.
  • d) La forma de presentación es exclusivamente por vía electrónica a través de internet en formato electrónico, de acuerdo con las condiciones generales y el procedimiento descritos en la OF Navarra 134/2025 art.7 y 8.

OF Navarra 134/2025, BON 31-12-25
NOTA
Con efectos para las declaraciones correspondientes al ejercicio 2026 y siguientes, queda derogada la OF Navarra 129/2010, por la que se aprobaba el modelo 170 de declaración de las operaciones realizadas por los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de tarjetas de crédito o de débito.

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