24 marzo 2026
Autoliquidación de los regímenes especiales de ventanilla única en Bizkaia
Se modifica el plazo de presentación del modelo 369, de autoliquidación de los regímenes especiales de ventanilla única.
Aplicación de la deducción por producciones cinematográficas por una Agrupación de Interés Económico
Una Agrupación de Interés Económico (AIE), participada al 50% por dos personas físicas, se constituyó para financiar una producción cinematográfica. La misma tiene la condición de coproductora de un largometraje cinematográfico de nacionalidad española, que finalizó su rodaje en 2020, y detenta la titularidad sobre la obra producida. También ha incurrido en costes de producción en los primeros meses del ejercicio 2021.
Desea saber si puede considerarse entidad productora para aplicar la deducción por inversiones en producciones cinematográficas, aunque se produzca su incorporación antes de la finalización de los procesos de producción, y no cuando finalice el rodaje.
Al respecto, la normativa del IS establece que la deducción por producciones cinematográficas y audiovisuales españolas puede aplicarse por la entidad que tenga la condición de productor. Así, es la AIE la que debe cumplir este requisito.
Como la normativa del IS no contiene una definición de qué se entiende por productor, los términos empleados se deben interpretar conforme a su sentido jurídico, técnico o usual, según proceda (LGT art.12.2).
En este sentido, la normativa de Propiedad Intelectual establece que se entiende por productor de una grabación audiovisual, la persona natural o jurídica que tenga la iniciativa y asuma la responsabilidad de dicha grabación audiovisual (RDLeg 1/1996 art.120.2).
Y la normativa reguladora del Cine considera productoras de una película, entre otras, a las AIE que se incorporen como coproductoras a la misma con anterioridad a la finalización de los procesos de producción (RD 2062/2008 art.27), se constituyan como productora independiente, y designen al productor ejecutivo encargado de asumir la iniciativa del proyecto (L 3/2017 disp.adic.126ª).
De los datos del caso planteado no es posible determinar si la AIE se ha incorporado como productora de la película con anterioridad a la finalización del rodaje o una vez concluido el mismo. Si fuera con anterioridad, y cumpliera el resto de requisitos y condiciones indicados, tendrá la condición de productor a efectos de aplicar la deducción por inversiones en producciones cinematográficas.DGT CV 30-3-23V0768-23
24 marzo 2026
Se modifica el plazo de presentación del modelo 369, de autoliquidación de los regímenes especiales de ventanilla única.
3 febrero 2026
Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2025, que no hayan concluido el 5-2-2026, se amplía la posibilidad de amortizar libremente las inversiones en nuevas infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos, de potencia normal o de alta potencia en los términos establecidos en la Directiva relativa a la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos (Dir 2014/94/UE art.2), que estén afectas a actividades económicas y que entren en funcionamiento en los períodos impositivos que se inicien en el año 2026.
31 julio 2018
Es válida la realización de un asiento resumen en el libro registro de facturas expedidas, siempre que estas se hayan expedido en la misma fecha, no sea preceptiva la identificación del destinatario, y el devengo de las operaciones que se pretende documentar se haya producido dentro de un mismo mes.