Derogación de las medidas aprobadas por el RDL 2/2026

1 febrero 2026

Actualidad Contable. Febrero 2026


Derogación de las medidas aprobadas por el RDL 2/2026
Desde el 28-2-2026, tras la derogación por la no convalidación del RDL 2/2026, dejan de estar vigentes las modificaciones aprobadas en su momento respecto a la prórroga para los ejercicios 2025 y 2026 de los límites cuantitativos que delimitan el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva que resultaron aplicables en los ejercicios 2016 a 2024.
MC nº 112.5

Al igual que lo hiciera el anteriormente derogado RDL 16/2025, el RDL 2/2026 establecía los siguientes límites cuantitativos excluyentes de este método para los ejercicios 2025 y 2026:
- Volumen de rendimientos íntegros en el año inmediato anterior para el conjunto de actividades económicas, excepto agrícolas, ganaderas y forestales: 250.000 euros.
- Volumen de rendimientos íntegros del año inmediato anterior que corresponda a operaciones por las que exista obligación de expedir factura cuando el destinatario sea un empresario o profesional que actúe como tal: 125.000 euros.
- Volumen de compras en bienes y servicios, excluidas las adquisiciones de inmovilizado, en el ejercicio anterior: 250.000 euros.
RDL 2/2026 art. 10.
Cuatro
Congreso de los Diputados
Resol 26-2-26, BOE 28-2-26

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