1 junio 2026
Baleares. Planificación hidrológica
Necesidad de informe previo para el caso de precisarse nuevas demandas de recursos hídricos.
Se publica la lista de municipios declarados zonas de mercado residencial tensionado en el tercer trimestre de 2025, detallando la vigencia, la definición de gran tenedor local, la aplicación de la limitación de rentas de alquiler y los enlaces a las declaraciones y memorias. Indica también los recursos administrativos y jurisdiccionales posibles y la fecha de efectos de la resolución.
MI nº 9742 MARRI nº 485
Esta resolución de la Secretaría de Estado de Vivienda y Agenda Urbana publica, tal como exige la L 12/2023 art.18 por el derecho a la vivienda, la relación de zonas de mercado residencial tensionado declaradas en el tercer trimestre de 2025. Esta publicación periódica responde a la obligación de reflejar aquellas zonas que han sido señaladas por la Administración autonómica competente como afectadas por dificultades de acceso a la vivienda.
En esta resolución se identifican específicamente los municipios del País Vasco declarados zonas de mercado residencial tensionado mediante órdenes del Consejero de Vivienda y Agenda Urbana, publicadas durante el periodo correspondiente. Los municipios afectados son:
Para cada zona, se recogen varios aspectos relevantes, el periodo de vigencia de la declaración, la definición particular de gran tenedor aplicable, la aplicación del límite en la renta de arrendamientos cuando no haya habido contratos de arrendamiento vigentes en los últimos 5 años, y los enlaces tanto a la propia declaración autonómica como a su memoria justificativa.
La resolución también expone que las zonas tensionadas se han determinado conforme al procedimiento legal establecido y que los documentos y memorias correspondientes pueden consultarse en los portales institucionales señalados.
En suma, se trata de un acto administrativo de publicación que constata y da publicidad, para efectos jurídicos y de seguridad, a la situación de tensión residencial en determinados municipios y a las medidas extraordinarias de intervención en el mercado del alquiler, fijando el marco jurídico temporal y procedimental aplicable.
Resol 29-10-25EDL 2025/19621, BOE 30-10-25
1 junio 2026
Necesidad de informe previo para el caso de precisarse nuevas demandas de recursos hídricos.
1 junio 2026
El tribunal destaca la exclusión práctica de la aplicación judicial amplia y directa de la doctrina rebus sic stantibus en contratos de arrendamiento de locales afectadas por la pandemia cuando existe un régimen legal específico que prevé mecanismos de moratoria y negociación, enfatizando que la doctrina es residual y subordinada a normas legales específicas aprobadas para situaciones de emergencia.
1 octubre 2025
Medidas para la protección de montes ante incendios forestales
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