17 febrero 2026
Obligaciones formales derivadas del sistema TicketBAI en el IRPF e IS de Gipuzkoa
Se regulan las especificaciones técnicas y funcionales del software TicketBAI y la declaración de alta en el Registro de Software TicketBAI.
Con efectos desde el 21-10-2025, se modifica el plazo para solicitar la devolución del IGIC por empresarios o profesionales no establecidos en Canarias, que pasa a ser desde el día siguiente al final de cada trimestre natural o de cada año natural hasta el 30 de septiembre siguiente al año natural en el que se hayan soportado las cuotas a las que se refieran. MCAN nº 3137
Con entrada en vigor el 21-10-2025 se estableció el plazo de presentación de las solicitudes de devolución del IGIC a empresarios o profesionales no establecidos en Canarias, que era de seis meses a partir del último día del período anual o trimestral al que se refirieran (DLeg Canarias 1/2025 disp.adic.1ª redacc original).
Con esta modificación, aplicable desde el mismo día 21-10-2025, se mantiene el mismo plazo de presentación establecido antes de la entrada en vigor del DLeg Canarias 1/2025, es decir, desde el día siguiente al final de cada trimestre natural o de cada año natural hasta el 30 de septiembre siguiente al año natural en el que se hayan soportado las cuotas a las que se refieran.
DLeg Canarias 1/2025 disp.adic.1ª redacc L Canarias 9/2025 disp.final.10ª, BOCANA 29-12-25; L Canarias 9/2025 disp.final 18ª, BOCANA 29-12-25
17 febrero 2026
Se regulan las especificaciones técnicas y funcionales del software TicketBAI y la declaración de alta en el Registro de Software TicketBAI.
11 noviembre 2025
A los efectos de calificar como rendimientos de la actividad económica los rendimientos percibidos por el socio por la prestación de servicios profesionales a la sociedad, el término «incluido» a que hace mención la LIRPF art.27.1, tercer párrafo exige única y exclusivamente que el contribuyente esté incluido de manera obligatoria por imperativo legal dentro de los supuestos de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social, no siendo necesario que además cumpla el requisito formal de estar dado de alta efectivamente en este régimen especial.
16 septiembre 2025
En el cómputo de las retribuciones percibidas por una persona física, por las funciones de dirección que ejerce en una sociedad de la que es partícipe, hay que incluir las percibidas de manera indirecta a través de otra sociedad perteneciente al grupo familiar, a los efectos de la aplicación de la exención por participaciones en entidades prevista en la LIP.
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