Te ofrecemos un contenido en el que podrás encontrar respuesta a las cuestiones que surgen cuando un cliente ha dejado de pagar a tu empresa.
Encuentra en esta guía práctica respuesta a éstas y otras dudas que aparecen cuando se produce un impago.
Su empresa está obligada a declarar e ingresar el IVA que repercute en sus facturas independientemente de que sus clientes se lo paguen o no. No obstante, en caso de impago, tiene la posibilidad de recuperar dicho impuesto. Para ello, deberá cumplir algunos requisitos formales, además de remitir a su deudor y a Hacienda unas comunicaciones en un determinado plazo.
Siempre que el impago no se deba a que su cliente haya sido declarado en concurso, podrá recuperar el impuesto si se cumplen los siguientes requisitos:
Índice
Introducción
1. Impuesto sobre Sociedades
1.1. Contabilización de la venta
1.2. Deterioro de valor de créditos por operaciones comerciales
1.2.1. Fiscalmente deducible
1.2.2. ¿Y si no la puedo deducir?
1.2.3. Y si cobro, ¿qué?
1.2.4. Seguimiento en los años sucesivos
2. ¿Y qué pasa con el IVA?
2.1 El cliente se retrasa
2.1.1. Requisitos para recuperar el IVA
2.1.2. Deberá haber instado al deudor para que pague
2.1.3. Pasos a seguir
2.1.4. Ventas a plazos: acuerde vencimientos antes del 30 de junio
2.1.5. Cobros parciales
2.1.6. Impago de entes públicos
2.1.7. Moroso que al final paga
2.2. El cliente está en concurso
2.2.1. Plazo para rectificar
2.2.2. Sólo se rectifica una vez
2.3. Rectificación del IVA en el régimen del criterio de caja
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