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1.000 Preguntas sobre Seguridad Social

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1.000 Preguntas sobre Seguridad Social
Páginas: 933
ISBN: 978-84-15911-10-4

  • Resolverás todas tus dudas de la manera más directa, práctica y clarificadora.
  • Obtendrás respuestas inmediatas a todas las preguntas sobre las numerosas y recientes reformas normativas que han afectado a esta materia.
  • Su estructura de “preguntas-respuestas”, facilita la localización de contenidos.
  • La respuesta se justifica con la legislación y doctrina administrativa de aplicación a ese caso concreto.

Últimas novedades en el área Laboral

Características del producto

NOVEDADES

  • Entre otras muchas novedades analizadas en esta nueva edición destacan:

    – Bases y tipos de cotización para 2013
    – Cuantía de pensiones para 2013
    – SMI para 2013
    – Cuantía

  • L 13/2012, de lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social:
    – exigencia de responsabilidades solidarias en los supuestos de subcontratación empresarial, mediante la ampliación del periodo de dicha exigencia que pasa de uno a tres años.
    – comunicación a la entidad gestora de la prestación de desempleo, con carácter previo a su producción, de aquellas variaciones en el calendario inicialmente previsto, en supuestos de suspensión de contratos de trabajo, o bien de su detalle horario, en los casos de reducción de jornada.
    – las sanciones por infracciones propuestas en actas de infracción sólo se podrán reducir automáticamente al 50%, en el supuesto de que la cuantía de la liquidación supere la de la sanción propuesta inicialmente.
    – modificaciones referentes a la regulación de infracciones y sanciones, tipificando de forma explícita, por ejemplo: el incumplimiento en materia de integración laboral de personas con discapacidad de la obligación legal de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad, o de la aplicación de sus medidas alternativas de carácter excepcional; la comunicación fuera de plazo por el empresario a las entidades correspondientes de los datos, certificados y declaraciones que estén obligados a proporcionar; los incumplimientos relacionados con las empresas beneficiarias de reducciones en las cotizaciones profesionales que se distingan por su contribución a la reducción de la siniestralidad laboral y la realización de actuaciones efectivas en prevención de riesgos laborales; el incumplimiento de la obligación de alta y cotización en los supuestos de salarios de tramitación, así como de vacaciones no disfrutadas con anterioridad a la finalización de la relación laboral; el incumplimiento de la obligación de comunicar a la entidad gestora las variaciones sobre el calendario inicial de los días de suspensión o de reducción de jornada; la ocupación de los trabajadores afectados en el periodo de aplicación de las medidas de suspensión de los contratos o en el horario de reducción de las jornadas autorizadas; la conducta consistente en dar ocupación habiendo comunicado el alta en la Seguridad Social a trabajadores, solicitantes o beneficiarios de prestaciones periódicas o pensiones de Seguridad Social, cuyo disfrute es incompatible con el trabajo por cuenta ajena.
    – en los supuestos de fraude por falta de cotización ala Seguridad Social, se añaden criterios objetivos de graduación de las sanciones en función de la cuantía no ingresada.
  • RDL 20/2012, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad:
    – unificación en un solo recargo la falta de ingreso en plazo reglamentario de las cuotas a la Seguridad, presentados los documentos de cotización.
    – modificación de los conceptos excluidos de la base de cotización.
    – prestaciones de desempleo: nuevo porcentaje del 50% de la base reguladora (desde el 60%) a partir del séptimo mes; se elimina la contribución a la SS por parte de la entidad gestora de parte de la cotización que le corresponde al trabajador en situación de desempleo; se refuerza la vinculación entre el derecho de acceso a los subsidios y el patrimonio personal de los beneficiarios; se elimina el subsidio especial para mayores de 45 años; se eleva a 55 años el subsidio de “prejubilación” que se percibía a los 52 años; se modifica el régimen de acceso a la renta activa de inserción; se racionaliza el régimen jurídico aplicable al acceso a prestaciones y subsidios por desempleo desde contratos a tiempo parcial; posibilidad de la Entidad Gestora de suspender la prestación por incumplimientos de los beneficiarios.
    – se suprimen todas las bonificaciones a excepción de las destinadas a la contratación de discapacitados, así como a la contratación, a través de nuevo contrato de apoyo a los emprendedores, de jóvenes, mayores de 45 años parados de larga duración y mujeres, la contratación de jóvenes que se constituyan como autónomos, y personas que sustituyen a víctimas de violencia de género y trabajadores en baja por maternidad.
    – reducción de las cuantías máximas de las prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar, y reducción de las cuantías del nivel mínimo de financiación del Sistema parala Autonomía y Atención ala Dependencia; voluntariedad del convenio especial de los cuidadores de las personas en situación de dependencia, y a su cargo.
  • RDL 1/2013, prorroga el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo y se adoptan otras medidas urgentes para el empleo y la protección social de las personas desempleadas:
    – prórroga automática del programa por períodos de seis meses cuando la tasa de desempleo, según la Encuesta de Población Activa (EPA) publicada con anterioridad a la prórroga que corresponda, fuera superior al 20%.
  • RDL 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo:
    – fomento del emprendimiento y el trabajo por cuenta propia entre los jóvenes menores de 30 años: implantación de una cuota inicial reducida; compatibilización de la prestación por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia; ampliación de las posibilidades de aplicación de la capitalización de la prestación por desempleo.
    – incentivos destinados a: la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa; la contratación indefinida de un joven por microempresas y empresarios autónomos; la contratación en prácticas para el primer empleo; la contratación por jóvenes autónomos de parados de larga duración mayores de 45 años; contratación de jóvenes para que adquieran una primera experiencia profesional.
    – reducciones y bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social para las personas con discapacidad que se establezcan como trabajadores por cuenta propia
  • RDL 5/2013, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo:
    – compatibilidad entre la percepción de una pensión de jubilación y el trabajo por cuenta propia o ajena.
    – modificaciones en la regulación de la jubilación anticipada y de la jubilación parcial: cuantía de la pensión de jubilación en los supuestos de anticipación en el acceso a la misma; nuevos requisitos de acceso.
    – modificación en la regulación del contrato a tiempo parcial y contrato de relevo, incorporando a la misma las modificaciones efectuadas en esta norma relativas a la jubilación parcial.
    – nuevo requisito para el subsidio de mayores de 55 años, por el que se tienen en cuenta los ingresos de la unidad familiar.
    – control por la entidad gestora del desempleo de la percepción de la indemnización por despido.
  • RD 1716/2012, de desarrollo de las disposiciones establecidas, en materia de prestaciones, por la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social:
    – protección en las situaciones de interrupción de la cotización en los supuestos de nacimiento o adopción de hijos o acogimiento de menores.
    – ampliación de los periodos considerados como cotizados en los casos de excedencia por cuidado de hijos o menores acogidos.
    – nueva regulación hace depender la edad ordinaria de jubilación del período de cotización acreditado expresándolo en años y meses; el porcentaje aplicable a partir de los primeros quince años se define mediante la aplicación de un coeficiente por mes de cotización y los coeficientes reductores por jubilación anticipada difieren según que el interesado tenga 38 años y 6 meses de cotización o no.
    – posibilidad de salida al extranjero por menos de 90 días los perceptores de prestaciones no contributivas.
  • RD 156/2013, suscripción de convenio especial por las personas con discapacidad que tengan especiales dificultades de inserción laboral:
    – nueva modalidad de convenio especial a efectos de la cobertura de las prestaciones por jubilación y por muerte y supervivencia.
  • OM ESS/484/2013; OM ESS/485/2013; OM ESS/486/2013:
    – unificación de la normativa sobre remisión electrónica de datos, notificaciones y comunicaciones en relación con la SS.

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