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BLOCKCHAIN. La cuarta revolución industrial

BLOCKCHAIN. La cuarta revolución industrial
Aparición: 20/05/2018
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  • Con motivo de la celebración el pasado 17 de marzo de la I edición del “Computational Law & Blockchain Festival”, decidimos elaborar este ebook aprovechando la participación en las mesas de debate de los principales expertos en tecnología blockchain del panorama nacional.
  • Este ebook se corresponde con la visión 360º sobre el impacto de esta tecnología en el sector legal y la firme apuesta de la editorial por la innovación, con la creación de contenidos de calidad como el primer Memento Nuevas Tecnologías, o informando sobre los cambios que vive el sector a través de nuestro programa sobre Conversaciones en la Azotea, y estando presentes en foros y jornadas que apuesten por este nuevo paradigma.
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EXTRACTO

LEGAL DESIGN THINKING: EL ESLABÓN NECESARIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DE LOS CONTRATOS EN “SMARTS”

Aparte de los retos tecnológicos y puramente jurídicos a superar para que aumente el uso de los smart contracts, existe un problema de forma que implica también mucho fondo: la comprensión de los contratos, sean “tontos” o “inteligentes”. El hecho de que el famoso “if / then” (si/entonces) de la programación algorítmica deba cumplirse en un contrato que se pueda hacer inteligente, es a la vez un gran desafío y una maravillosa oportunidad para el Derecho de trabajar en mejorar su comprensibilidad.

Si bien hemos visto como los casos de uso de los smart contracts se iban multiplicando en los pasados años/meses, siguen existiendo numerosos impedimentos para una adopción más generalizada de los mismos. Escuchamos muchas voces afirmar tajantemente que determinados tipos de contratos no pueden transformarse en smart contracts, quienes esto afirman, lo justifican en la materia/complejidad del contrato. Sin embargo, nuestra visión es que, en muchos casos, no es tanto cuestión de fondo, como de forma.

Me explico, nuestra visión es que la imposibilidad de transformar un contrato en Smart contract se debe en numerosas ocasiones al hecho de que la redacción de los contratos “tradicionales” es diametralmente opuesta a la que requiere un Smart contract y es que con demasiada frecuencia, están llenos de conceptos jurídicos indeterminados, ambigüedades, sospechas y presunciones. Además, son innecesariamente extensos, y redactados de una forma poco (o nada) comprensible para el lego.

Por su parte, un Smart Contract necesita, aparte de código, transparencia, comprensibilidad y colaboración entre las partes. Parece pues obvio que la conversión del primero en lo segundo, requiere de un cambio de forma de trabajar bastante significativo.

Sabemos que los smart contracts no son tal cosa, que no son inteligentes sino todo lo contrario, pues en la práctica no son más que la automatización de contratos ya pactados entre las partes. Pero para poder ser ejecutados, obligan a una ausencia completa de ambigüedad. Por lo tanto, la comprensibilidad es clave para la conversión del contrato en “Smart”.

Y para lograrlo, es necesario un cambio radical de la visión que se tiene sobre el papel del propio contrato: dejar de verlo como una puerta blindada acorazada que protege a mi cliente en caso necesario (para el jurista) o un aburrido pero necesario documento a guardar en una carpeta (¿ya digital?) y escatar en caso de problema o conflicto (para el cliente).

Al contrario, se trata de entender un contrato como un instrumento de comunicación entre las partes, de fomento del intercambio entre ellas; un documento de referencia, un manual de instrucciones para las relaciones de cualquier tipo que se formalicen entre las partes. Existe una disciplina que es de vital ayuda para quienes se proponen este cambio de paradigma: el legal design, es decir, la adaptación del design thinking al entorno jurídico, y en este caso contractual.

El design thinking se define como una herramienta de resolución de problemas centrada en las personas, y mediante el uso de la creatividad; está basada en la formade trabajar los diseñadores,y consiste en trabajar en varias fases, realizando ejercicios prácticos, hasta llegar a la creación de la solución óptima, sea para un producto, un servicio, o en nuestro caso, un mejor contrato.


ÍNDICE

1. Casos de uso de blockchain. María Jesús González-Espejo

2. Blockchain: mito o realidad. Jaime Rodríguez Ramos

3. Posibles usos de blockchain en los juzgados. Iago Otero

4. La disrupción monetaria de las criptomonedas. Ricardo Palomo

5. Gobernanza y regulación de blockchain. Andrea Ortega

6. Desde el bitcoin hasta los Altcoins + ICO’s. Antonio Muniesa

7. ICO’s y fiscalidad de las criptomonedas. Jesús González

8. La digitalización del sector financiero: TOKENS e ICO’s. Fernando Ramos

9. ¿Regular blockchain?. Manuel González-Meneses

10. Naturalizando tecnologías blockchain y smart contracts. Guillermo Pérez Alonso

11. ¿De qué hablamos cuando hablamos de criptomonedas?. Paloma Llaneza

12. Legal design thinking: el eslabón necesario para convertir los contratos en “smarts. Laura Fauqueur

13. Aspectos sociales del blockchain. Bárbara Román

14. ICO’s: ¿hace falta una regulación?. Alejandro Gómez de la Cruz

15. Blockchain aplicado: nuevos modelos de negocio. Sara Molina


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