Ley de Movilidad Sostenible

Autor: Lefebvre Ley de Movilidad Sostenible

El proyecto de Ley de Movilidad Sostenible ha sido aprobado por el Consejo de Ministros y será enviado a las Cortes Generales para su tramitación urgente y aprobación en el año 2024, en cumplimiento de uno de los objetivos acordados con la Comisión Europea en la Adenda al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

El Gobierno ha dado luz verde al mismo texto que ya había sido validado en diciembre de 2022, pero que quedó sin efecto al disolverse el Congreso y el Senado debido a la convocatoria de elecciones generales.

Claves de la futura ley

La futura ley será el marco normativo que permitirá a las diferentes administraciones satisfacer de manera más efectiva las necesidades de movilidad y transporte de los ciudadanos, así como enfrentar los desafíos del siglo XXI: la sostenibilidad, la digitalización y la cohesión social y territorial.

De esta manera, la norma regulará soluciones innovadoras como el transporte bajo demanda, el uso compartido de vehículos, el alquiler temporal de vehículos y la regulación básica de los vehículos autónomos, al mismo tiempo que promoverá la digitalización y la divulgación de datos abiertos tanto por parte de las administraciones como de los gestores de infraestructura y los operadores públicos y privados. Al digitalizar y compartir datos, se contribuirá, entre otros aspectos, a abrir nuevas oportunidades de negocio y a mejorar la toma de decisiones.

El nuevo marco regulador para el transporte y la movilidad en nuestro país se basa en cuatro pilares fundamentales:

– Un derecho social: por primera vez, la ley reconocerá la movilidad como un derecho de todos los ciudadanos y como un elemento de cohesión social que contribuye a alcanzar el Estado del Bienestar. La movilidad debe ser accesible e inclusiva, y debe ofrecer soluciones para todas las personas, por lo que las administraciones deben trabajar coordinadamente para garantizar este derecho, prestando especial atención a las necesidades de movilidad diaria de todos los ciudadanos, incluyendo las zonas rurales. También se destaca la importancia estratégica del transporte de mercancías como sustento de la actividad económica del país.

Limpia y saludable: el transporte es responsable del 29% de las emisiones de gases de efecto invernadero en nuestro país, por lo que es urgente avanzar hacia la descarbonización del sector para cumplir con los compromisos internacionales y contribuir a mejorar la calidad del aire.

Por ello, se busca promover la movilidad activa (caminar, andar en bicicleta) y un transporte público colectivo accesible y asequible para todos. La ley también intenta fomentar alternativas atractivas al vehículo privado, como sistemas de transporte público a pedido, sistemas de movilidad colaborativa o compartida. Además, se busca fortalecer el papel de las zonas de bajas emisiones que se regulan en la Ley de Cambio Climático y Transición Energética. La ley abre la posibilidad de que los ayuntamientos puedan establecer una tasa por la circulación de vehículos en las zonas de bajas emisiones. Para crear esta tasa, se requiere una autorización con rango de ley, lo que garantiza que las condiciones básicas sean iguales en todo el territorio, aunque cada municipio pueda decidir si implementa la tasa o no.

– Un sistema digital e innovador: la ley contempla la creación del Espacio de Datos Integrado de Movilidad (EDIM), donde empresas de transporte, gestores de infraestructura y administraciones compartirán sus datos, lo que permitirá optimizar la toma de decisiones de todos los actores al planificar la ejecución de nuevas infraestructuras y la implementación de nuevos servicios.

La ley también incluirá herramientas para facilitar la innovación, como la creación de un “sandbox” de movilidad para probar soluciones innovadoras de movilidad en un espacio controlado de pruebas y facilitar su llegada al mercado. Además, se establecen principios que deben seguir las administraciones para regular y promover la introducción de vehículos autónomos en todos los modos, priorizando la seguridad, la sostenibilidad ambiental, los derechos de las personas y fomentando la colaboración público-privada. En el caso de los vehículos autónomos, el texto establece una ventanilla única para facilitar las pruebas en vías públicas.

Mejorar la inversión al servicio de los ciudadanos: el cuarto pilar de la ley es mejorar la calidad de las decisiones de inversión y gasto en transporte y movilidad, y también incluir nuevas herramientas que permitan una mayor participación ciudadana. La ley recoge gran parte de las recomendaciones de la AIReF y otros organismos, estableciendo análisis previos y posteriores para garantizar la rentabilidad socioambiental de todas las acciones, y mecanismos para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas.

Sistema Nacional de Movilidad Sostenible y otras reformas

Es necesario unir esfuerzos entre el Estado, las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos para implementar una política de transporte y movilidad centrada en el ciudadano. Por ello, se ha creado el Sistema Nacional de Movilidad Sostenible, que incluye un foro de cooperación entre administraciones (Foro Administrativo de Movilidad Sostenible), un órgano consultivo para colaborar con el sector y los usuarios (Consejo Superior de Movilidad Sostenible), un instrumento digital para compartir información (EDIM) y un documento estratégico para la planificación coordinada (DOMOS).

La ley también garantiza la aportación financiera del Estado para la movilidad sostenible en zonas urbanas de manera uniforme y predecible. Además, se exige que las administraciones fomenten y prioricen soluciones sostenibles, como la movilidad activa y el transporte público. El objetivo es transformar las ciudades de “coches” a “personas”. También se establecen mayores requisitos en la planificación de transportes y movilidad, como la elaboración de un Instrumento de Planificación Estratégica Estatal en Movilidad (IPEEM) y planes simplificados para municipios de 20.000 a 50.000 habitantes.

Se promueve la cooperación entre municipios para la distribución urbana de mercancías y se establecen criterios comunes para facilitar el transporte y la logística entre núcleos urbanos cercanos.

Formación y digitalización

La ley busca promover campañas que concienticen sobre la movilidad sostenible y segura, y contempla la inclusión de formación en esta área con contenido educativo sobre seguridad vial, convivencia y uso de diferentes medios de transporte sostenible.

En cuanto a la digitalización, la ley se enfoca en reforzar las obligaciones establecidas en la normativa europea, que requiere que los proveedores de servicios de transporte y los gestores de infraestructuras suministren información al Punto de Acceso Nacional. Esta información es útil para crear aplicaciones y otras soluciones que facilitan la planificación de rutas y viajes, promoviendo así el uso del transporte público y la intermodalidad. También se pretende mejorar la información pública sobre la ubicación de puntos de carga para vehículos eléctricos.

Movilidad sostenible en el trabajo y negociación colectiva verde

La Negociación Colectiva Verde ha sido incorporada al ordenamiento jurídico por primera vez, ofreciendo un nuevo campo para el desarrollo de la negociación colectiva. Según esta ley, todas las empresas, incluidas las del sector público, deberán contar con planes de movilidad sostenible al trabajo en un plazo máximo de 24 meses desde su entrada en vigor. Estos planes deben ser negociados con la representación legal de los trabajadores o, en su ausencia, con una comisión integrada por los sindicatos más representativos del sector, e incluirán medidas concretas para promover la movilidad sostenible, como fomentar el uso de medios de transporte activos, el transporte colectivo, la movilidad cero emisiones, el uso compartido de medios de transporte o el teletrabajo cuando sea posible.

Estos planes también deben ser evaluados y monitoreados para asegurar su adecuada implementación. Además, deben incluir medidas de seguridad y prevención de accidentes en los desplazamientos al lugar de trabajo. Para garantizar la negociación de estos planes, se ha modificado el artículo 85.1 del Estatuto de los Trabajadores, incluyendo como contenido obligatorio de los convenios colectivos la negociación de medidas para promover la elaboración de planes de movilidad sostenible.

Los grandes centros de actividad también deben contar con planes de movilidad sostenible. Para determinar cuáles son considerados como tales, los Ministerios de Trabajo y Economía Social, y Transportes y Movilidad Sostenible, en conjunto con el Foro Administrativo de Movilidad Sostenible, establecerán criterios como la superficie del centro de actividad, el número de empresas y trabajadores afectados por turno, el flujo de visitantes y la movilidad en horas punta y fechas específicas, entre otros factores.

Dentro del marco del Plan de Recuperación, el Gobierno se ha comprometido con Europa a implementar reformas, entre las cuales se encuentra la Ley que forma parte del Componente 1: Plan de choque de movilidad sostenible, segura y conectada en entornos urbanos y metropolitanos.

Esta nueva medida es la número 2 y su objetivo es contribuir al cumplimiento de los acuerdos internacionales que España ha asumido para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de la ONU y la COP21 de París, así como también de las estrategias europeas como el Pacto Verde Europeo y la Estrategia de Movilidad Sostenible e Inteligente de la Comisión Europea.

 

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