Sanciones a las aerolíneas que ofrezcan tasas extra por compensación de emisiones

Autor: Lefebvre Sanciones a las aerolíneas que ofrezcan tasas extra por compensación de emisiones

La Comisión Europea emite una advertencia a 20 aerolíneas. Estas empresas pueden enfrentarse a sanciones por la implementación de prácticas consideradas “engañosas”, como ofrecer a los pasajeros la opción de pagar tarifas adicionales para compensar las emisiones de CO2.

La Comisión ha criticado estas informaciones, argumentando que pueden ser confusas para los consumidores y promover una falsa imagen ecológica. Por ello, ha instado a las aerolíneas a ajustar sus prácticas de acuerdo con la legislación de la UE en un plazo de 30 días.

Esta investigación preliminar se inició después de recibir una notificación de la Red de Cooperación para la Protección del Consumidor (CPC), con la participación de la Dirección General de Inspección Económica de Bélgica, la Autoridad de Consumidores y Mercados de los Países Bajos, la Autoridad de Consumidores de Noruega y la Dirección General de Asuntos del Consumidor de España.

Estas entidades han expresado su inquietud acerca de las afirmaciones de las aerolíneas de que las emisiones de CO2 generadas por los vuelos pueden ser compensadas a través de proyectos climáticos o el uso de combustibles sostenibles, a los cuales los consumidores pueden contribuir pagando tarifas adicionales.

Según su interpretación, estas acciones pueden ser consideradas “engañosas” y estar prohibidas según la directiva sobre prácticas comerciales desleales. Las aerolíneas aún necesitan demostrar si tales afirmaciones se basan en evidencia científica sólida.

Tanto la Comisión como las entidades de protección al consumidor han identificado varias prácticas potencialmente engañosas de 20 aerolíneas. Estas incluyen crear la falsa impresión de que el pago de una tarifa adicional para financiar proyectos con menor impacto ambiental o para apoyar el uso de combustibles alternativos puede reducir o neutralizar completamente las emisiones de CO2.

Otras prácticas investigadas incluyen el uso del término “combustibles de aviación sostenibles” (SAF) sin una clara justificación del impacto ambiental de dichos combustibles, o el uso indiscriminado de términos como “verde”, “sostenible” o “responsable”. Se están examinando también las afirmaciones que sugieren que la aerolínea está progresando hacia cero emisiones netas de gases de efecto invernadero sin compromisos ni objetivos claros y verificables, o la oferta a los consumidores de una “calculadora” de emisiones de CO2 de un vuelo específico sin evidencia científica suficiente que respalde su fiabilidad.

Plazo para corregir estas prácticas

Las empresas tienen un plazo de 30 días para responder, en el cual deben detallar las acciones propuestas para abordar las preocupaciones surgidas de sus estrategias de “marketing ambiental” de acuerdo con la legislación del consumidor de la UE.

Una vez recibida su respuesta, la Comisión Europea coordinará reuniones con las autoridades representantes de los consumidores y las aerolíneas para discutir las soluciones propuestas por las empresas.

La Comisión supervisará la implementación de los cambios acordados. Sin embargo, si las aerolíneas no toman las medidas necesarias para resolver las preocupaciones planteadas en la carta, las autoridades de protección al consumidor pueden optar por tomar medidas coercitivas, que pueden incluir sanciones económicas.

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