El Pleno del Tribunal Constitucional admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el presidente del Gobierno contra determinados preceptos del Decreto–ley 1/2023, de 20 de marzo, del Gobierno de Aragón, de medidas urgentes para impulsar la transición energética y el consumo de proximidad en Aragón.
El Tribunal Constitucional (TC), a petición del Gobierno en su recurso basado en el artículo 161.2 de la Constitución, ha decidido suspender la validez y aplicación de los artículos impugnados desde el momento en que se presentó el recurso, el 21 de diciembre de 2023, para las partes involucradas en el proceso, y desde la fecha de publicación de la suspensión en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para terceros.
Estos artículos son los siguientes: 4, 5 (apartados 1, 2 y 4), 6, 7 (apartados 1, 2 y letras a), b) y c) del apartado 3), 12 (apartados 2 y 3, incisos), 13 (apartados 2, 3 y 4), 19, 22.2, 33, 38, 39, 40 (apartados 2 y 3), 59, así como las disposiciones adicionales cuarta y quinta y la disposición transitoria tercera.
El Gobierno de España argumenta que estos preceptos podrían infringir el artículo 86.1 de la Constitución al carecer de un presupuesto habilitante para ser aprobados mediante un decreto-ley, así como los apartados 13a y 25a del artículo 149.1 de la Constitución, al no respetar, según la demanda, las competencias del Estado.