El TSJ de Galicia rechaza la solicitud de suspensión urgente de la autorización para construir un parque eólico

Autor: Lefebvre El TSJ de Galicia rechaza la solicitud de suspensión urgente de la autorización para construir un parque eólico

La sección Tercera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha rechazado de nuevo una petición de medidas cautelares por parte de Ecoloxistas en Acción, para detener la construcción del parque eólico Acibal, ubicado en los municipios de Barro, Campo Lameiro y Moraña.

La asociación ecologista argumentó cuatro razones para solicitar la suspensión de las obras y los actos administrativos que la respaldan: la afectación significativa de las brañas de Amil (impacto en la fauna y régimen hidrológico), daños al curro de Amil (paso de ganado y caballos, afectación al curro de animales y al paisaje cultural y visual), afectación a descubrimientos arqueológicos de gran valor cultural, y graves irregularidades en el trámite del expediente.

La Sala de Vacaciones del TSXG explica que para adoptar la medida cautelar solicitada por Ecoloxistas en Acción, que implica no escuchar a otras partes, sería necesario que la situación fuera de especial urgencia, algo que, en su opinión, no se cumple en este caso.

Señalan que el acto objeto de recurso se publicó en el DOG en marzo de 2022, y que no se identificó el momento exacto de inicio de las obras, además de lo cual, la asociación recurrente conocía las obras desde, al menos, abril de este año. Añaden que Ecoloxistas en Acción no mostró por qué no había solicitado la medida antes, y tampoco explicó la inminencia de los daños a la naturaleza que justificarían prescindir del procedimiento ordinario.

Por estas razones, el TSXG entiende que no se cumplen los criterios de especial urgencia para habilitar la medida sin dar audiencia, por lo que el procedimiento seguirá los trámites ordinarios.

Situaciones similares del TSXG

En agosto de este año, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) emitió cinco autos en los que denegó las medidas cautelares urgentes solicitadas por la Asociación Ecologista para suspender de forma inmediata la autorización previa y de construcción de los proyectos eólicos de Serra do Faro, Vilartoxo, Monte Festeiros, As Penizas y Reboiro.

El TSXG no apreció la necesidad de la tramitación inaudita parte, es decir, sin oír a la parte contraria, en este caso, a la Consellería de Economía, Industria e Innovación. Por lo tanto, sin entrar en el fondo del asunto, el tribunal decretó que las solicitudes de medidas cautelares se resolvieran mediante el trámite ordinario y no el urgente, como había pedido la asociación ecologista.

Además, otro auto emitido por el TSXG inadmitió la solicitud de medida cautelar urgente presentada por la Asociación Petón do Lobo, la cual consistía en la suspensión de la resolución de 23 de abril de 2023 por la que la Xunta otorgó autorización administrativa previa y de construcción para el parque eólico Serra do Faro.

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