El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto, la modificación del Estatuto de los Consumidores Electrointensivos con el objetivo de adaptarlo a las directrices europeas vigentes respecto a la oferta de ayudas estatales con el fin de proteger el medio ambiente y la energía.
En diciembre de 2020 se aprobó un Estatuto destinado a proporcionar seguridad y certidumbre de los costes energéticos a ciertas empresas industriales, aquellas para las que el coste del suministro eléctrico resulta crítico para su competitividad.
Esta modificación del Estatuto del Consumidor Electrointensivo contribuye a reforzar la política industrial de España y mejorar la competitividad de la gran industria, otorgando a estos consumidores un marco normativo que les ofrece estabilidad, seguridad y previsibilidad de los precios de la energía, de acuerdo con la normativa comunitaria.
El Estatuto regula dos mecanismos de reducción de los costes energéticos.
Compensación de los costes relacionados con el financiamiento del apoyo a la energía de fuentes renovables, la cogeneración de alta eficiencia y el gasto adicional de generación en territorios no peninsulares. Estos costes se financian a través de los cargos en la factura de electricidad.
El segundo mecanismo es el de cobertura de riesgos derivados de la compra a largo plazo de energía eléctrica por parte de los consumidores intensivos en electricidad, a través del Fondo Español de Reserva para Garantías de Entidades Electrointensivas (FERGEI).
Estas modificaciones afectan tanto a la caracterización de los consumidores intensivos en electricidad definidos en el Estatuto, como al primero de los mecanismos de reducción de costes mencionados anteriormente (el de compensación de tarifas).
Además, se han realizado mejoras técnicas del proceso que no se relacionan con las directrices europeas. En cuanto a los sectores subvencionables, el catálogo se ha ampliado para incluir industrias extractivas (excepto la extracción de hulla, antracita y gas natural) y sectores manufactureros, con el objetivo de promover la disponibilidad autóctona de materias primas.
Las nuevas directrices europeas han reducido el valor de la intensidad de uso de la electricidad, fijándolo en el 5% en lugar del 10% anterior. Como resultado, los consumidores intensivos en electricidad deberán tener un cociente (durante al menos dos de los tres años anteriores) entre el consumo anual de electricidad y el valor añadido bruto de la instalación correspondiente al punto de suministro superior a 0,25 kWh/€, umbral que ya incluye el aumento del precio de la electricidad durante el año 2022 (originalmente 1,5 kWh/€).
Las nuevas Directrices europeas establecen la obligación de realizar las inversiones en eficiencia energética económicamente rentables. Esto conlleva la modificación de la metodología para el cálculo de la ayuda, donde se distinguen dos tipos de sectores que pueden recibir ayudas: aquellos en “riesgo significativo” de deslocalización, para los que la intensidad de ayuda máxima es del 85% de los costes subvencionables, y sectores “en riesgo” de deslocalización, donde el porcentaje de ayuda es del 75% (aunque puede llegar al 85% con determinadas condiciones).
Las instalaciones especialmente electrointensivas tienen además la posibilidad de recibir una ayuda adicional por encima del 85%.
En caso de que un consumidor electrointensivo pierda su certificación, podrá solicitar una nueva una vez que haya transcurrido un año desde la pérdida.
El umbral mínimo del consumo anual de electricidad durante las horas valle ahora se sitúa en el 46%, si bien se suspende su exigencia para el consumo de 2022.
Esta modificación del Estatuto del Consumidor Electrointensivo se complementa con la convocatoria de ayudas para compensar las emisiones indirectas de CO2 dotada con 244 millones de euros, junto con diversos beneficios fiscales destinados a paliar los efectos de la pandemia y la guerra de Ucrania.