En este proyecto, que no constituye la versión final, se informa que el Ejecutivo europeo quiere “congelar los requisitos de información de los ESRS para las empresas de la primera oleada tal como están definidos para el primer año de aplicación de las normas. Este acto delegado [v]a, por tanto, a aplazar durante dos años los requisitos adicionales de información que las empresas de la primera oleada habrían tenido que cumplir para los ejercicios 2025 y 2026”.
Estas diecinueve obligaciones adicionales están definidas en el apéndice C del ESRS 1, que las resume en una tabla. Así, las empresas de la primera oleada no tendrían que presentar estas obligaciones de forma obligatoria antes de 2028 como muy pronto, si la propuesta de la Comisión Europea se aprueba tal como está redactada.
Seis de estas exigencias adicionales afectan específicamente a las empresas o grupos con menos de 750 empleados. En 2025, no tendrán que proporcionar información sobre:
No obstante, estas empresas no constituyen la mayoría de las que forman parte de la primera oleada. Habrá que seguir atentos a este acto delegado que la Comisión Europea podría aprobar próximamente. Los colegisladores dispondrían entonces de dos meses para oponerse (plazo prorrogable una vez).