El 31 de julio, el EFRAG presentó una primera versión de su revisión de las doce normas de la UE sobre información de sostenibilidad (ESRS). El Grupo Consultivo ha publicado varios documentos, entre los que se incluyen:
Las personas interesadas pueden enviar su opinión sobre las modificaciones propuestas a la EFRAG respondiendo a un cuestionario en línea. La consulta pública estará abierta hasta el 29 de septiembre.
En esta fase, el EFRAG propone reducir a la mitad la longitud de las normas europeas sobre información de sostenibilidad, así como eliminar más de dos tercios de los puntos de datos que figuran en ellas (el 57 % de los puntos de datos obligatorios y el 100 % de los puntos de datos voluntarios). El EFRAG elaborará un nuevo documento Excel con todos los datos conservados tras la adopción de las nuevas normas por parte de la Comisión Europea mediante un acto delegado. Para alcanzar estos diferentes objetivos, el Grupo Consultivo utiliza varias herramientas de simplificación.
Con el fin de garantizar una mejor comprensión de las normas ESRS, el EFRAG desea:
Para el EFRAG, los informes CSRD presentados hasta la fecha son a veces demasiado granulares y entran en un nivel de detalle excesivo, lo que puede dificultar su comprensión. Por lo tanto, el Grupo Consultivo propone varias opciones a las empresas:
Según el EFRAG, el análisis de doble materialidad ha supuesto una carga administrativa para las empresas que actualmente están sujetas al informe de sostenibilidad (ola 1). Siguiendo una lógica de conformidad con las ESRS, se han realizado esfuerzos desproporcionados dentro de las empresas para llevar a cabo este ejercicio. Con el fin de fomentar la realización de un análisis estratégico de doble materialidad, el EFRAG propone varias adaptaciones metodológicas. He aquí tres ejemplos:
1. En una nueva sección titulada «Consideraciones prácticas», el Grupo Consultivo especifica que el análisis debe comenzar por el modelo de negocio de la empresa con el fin de identificar los temas de sostenibilidad más evidentes (enfoque «descendente»).
2. El principio de materialidad de la información sobre sostenibilidad, que permite reducir el número de datos que deben presentarse en el informe, puede aplicarse ahora a todos, incluidos todos los derivados del ESRS 2.
3. Cuando un subtema de sostenibilidad es material, la empresa debe limitar la información presentada al mismo, sin tener que declarar todos los datos pertinentes al estándar temático del que depende dicho subtema. El EFRAG proporciona a las empresas un apéndice en el que se describe la relación entre un subtema de sostenibilidad y la información que debe presentarse en su informe, dentro del documento denominado NMIG.
4. Cuando un tema es relevante y debe dar lugar a la presentación de información sobre sostenibilidad en el informe, lo es únicamente porque está relacionado con un impacto, un riesgo o una oportunidad para la empresa. Por lo tanto, un tema no es relevante per se.
Desde el punto de vista del EFRAG, las empresas se habrían confundido entre la información que deben presentar debido a los requisitos mínimos de divulgación (o «MDR» en inglés) y la relacionada con las diferentes normas temáticas. Para evitarlo en el futuro, se propone que:
1. los «requisitos mínimos de publicación» se conviertan en «requisitos generales de publicación» (o «GDR» en inglés). Estos siguen presentándose en el ESRS 2;
2. los requisitos de publicación relacionados con las políticas, las acciones y los objetivos se hayan reducido drásticamente en los ESRS temáticos;
3. Estos requisitos solo deben presentarse si la empresa se beneficia de políticas, acciones y objetivos. Ya no es necesario declarar los planes previstos y el horizonte temporal a partir del cual la empresa pondrá en marcha dichas políticas, acciones y objetivos.
El EFRAG está considerando varias modificaciones para garantizar una mayor interoperabilidad entre las ESRS y las normas del ISSB (IFRS S1 e IFRS S2):
1. El principio en el que se basan las normas del ISSB, según el cual el informe de sostenibilidad de una empresa constituye una presentación fiel de la información en la materia, se recoge en las ESRS.
2. Se hace referencia permanente a las directrices sectoriales IFRS («IFRS industry based guidance»), que las empresas deben consultar cuando declaran información específica de su actividad.
3. El EFRAG señala que, en el 97 % de los casos, los puntos de datos seleccionados hasta la fecha coinciden con los de otras normas (ISSB IFRS S1, S2, SASB, GRI, TNFD, CDP, etc.).
Para más detalles, doce anexos presentan las modificaciones propuestas para cada una de las ESRS en el documento titulado «basis for conclusions» (base para las conclusiones).
Tras la consulta pública, el EFRAG revisará su proyecto y presentará su dictamen definitivo sobre la revisión de las ESRS a finales de noviembre a la Comisión Europea. A continuación, el ejecutivo europeo adoptará las normas ESRS revisadas mediante un acto delegado.