Reglamento contra la deforestación: ¿puede la UE mantener su promesa?

Autor: Lefebvre Reglamento contra la deforestación: ¿puede la UE mantener su promesa?

El debate promete ser encarnizado en las instituciones europeas. Un nuevo episodio en la saga de este reglamento, llamado a ser uno de los pilares del Green Deal europeo, tuvo lugar el lunes 26 de mayo en Bruselas. Al margen de una reunión de los ministros de Agricultura de los Veintisiete, 11 Estados miembros (Austria, Luxemburgo, Italia, Rumanía, Bulgaria, República Checa, Finlandia, Letonia, Croacia, Portugal y Eslovenia) pidieron un nuevo aplazamiento de esta legislación, que pretende prohibir la importación y comercialización en el mercado único de una serie de productos (cacao, café, soja, aceite de palma, madera, carne bovina, caucho, cuero, mobiliario, papel…) cuando procedan de terrenos deforestados después de 2020.

Adoptado en mayo de 2023, este reglamento debía entrar inicialmente en vigor en diciembre de 2024. Sin embargo, esta fecha fue aplazada un año por propuesta de la Comisión Europea, presionada por dos frentes: fuera de la UE, por socios comerciales afectados (Brasil, Indonesia, Malasia, Estados Unidos o la República Democrática del Congo); y dentro de la UE, por una amplia mayoría de Estados miembros que consideraron sus procedimientos excesivamente exigentes para los operadores económicos. El 17 de diciembre de 2024, el Parlamento Europeo, gracias a una mayoría inédita entre la derecha y la extrema derecha, aprobó la propuesta de la Comisión de aplazar un año la aplicación del reglamento.

Desde entonces, el ejecutivo europeo ha preparado una serie de medidas de simplificación destinadas a facilitar el cumplimiento para las empresas, que deberán, entre otras cosas, probar el origen de los productos mediante datos de geolocalización (como exige el artículo 9 del reglamento). Estas medidas, presentadas a mediados de abril en forma de «directrices», permitirían «reducir en un 30 % los costes administrativos» derivados de esta normativa, según estima la Comisión.

Sin embargo, esto no es suficiente para los 11 países. «Las exigencias impuestas a agricultores y silvicultores siguen siendo elevadas, cuando no imposibles de aplicar. Son desproporcionadas respecto al objetivo del reglamento», afirman sus ministros de Agricultura en un documento citado por Reuters. En él reclaman más simplificación y un nuevo aplazamiento de un año, hasta diciembre de 2026.

¿Logrará imponerse esta amplia coalición? Mucho dependerá de la postura de los demás gobiernos, especialmente de los grandes países. El lunes en Bruselas, Alemania pareció alinearse con los 11 países, mientras que Francia y España consideraron, por el contrario, que el texto debía aplicarse en la fecha acordada, aunque reconocieron la necesidad de simplificar al máximo las reglas, según señala el medio especializado Agence Europe.

Hasta ahora, la Comisión Europea parecía decidida a mantener la fecha límite del 30 de diciembre de 2025. Además de las directrices de simplificación —acompañadas de una extensa sección de preguntas frecuentes para ayudar a las empresas a cumplir la normativa—, el ejecutivo comunitario publicó el 22 de mayo un documento muy esperado: un proyecto de acto de ejecución, con su anexo, que clasifica a los países del mundo en tres categorías según su nivel de riesgo de deforestación.

El contenido de este documento (previsto en el artículo 29 del reglamento) ha suscitado críticas: en la categoría de países «de alto riesgo», cuyas exportaciones estarán sometidas a mayor vigilancia, solo figuran Rusia, Bielorrusia, Corea del Norte y Myanmar, cuatro naciones objeto de sanciones europeas y con escasos vínculos comerciales con la UE. Así, Brasil, Indonesia, la RDC y Bolivia (los cuatro países con mayor nivel de deforestación) se clasifican como de riesgo «estándar». Para la ONG Global Witness, es lamentable que Brasil no esté en la categoría de alto riesgo, cuando «la crisis de deforestación afecta a bosques esenciales para el clima en la Amazonía».

Y con razón: según el medio Euractiv, los países del Mercosur (Brasil, Uruguay, Paraguay y Argentina), con quienes se cerraron negociaciones para un acuerdo de libre comercio en diciembre de 2024, habrían obtenido de la Comisión Europea la garantía de este trato favorable.

En términos más generales, en un momento en que la UE trata de diversificar sus relaciones comerciales frente al proteccionismo de Donald Trump, no sorprende que la Comisión busque «evitar conflictos con grandes socios comerciales de los países emergentes», destaca Alain Karsenty, economista e investigador del CIRAD (Centro de Cooperación Internacional en Investigación Agronómica para el Desarrollo), en una publicación en línea.

No obstante, a pesar de esta clasificación que parece bastante política, la Comisión no ha renunciado hasta ahora a la ambición original del reglamento.

«La clasificación en diferentes categorías de riesgo significa simplemente obligaciones de diligencia debida más o menos exigentes para los importadores (y probabilidades de control más o menos elevadas por parte de las autoridades nacionales, como detalla el artículo 16), pero no exime de la obligación de trazabilidad a nivel de parcela en ningún caso», recuerda Alain Karsenty.

El lunes 26 de mayo, los 11 ministros disidentes pidieron también la creación de una nueva categoría de países de «riesgo muy bajo», que podrían quedar exentos de controles aduaneros y obligaciones de trazabilidad.

Si los 27 Estados miembros de la UE, actualmente situados en el grupo de «bajo riesgo», acabaran entrando en esa nueva categoría, los socios comerciales de la Unión no tardarían en denunciar un trato de «doble rasero».

 

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