Webinar sobre la nueva regulación del RD Ley 7/2021 de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo
27 de mayo de 2021El 26 de mayo hemos celebrado la jornada ‘Prevención del Blanqueo de Capitales: nuevos factores de riesgo en el desarrollo de la actividad profesional’, co
El 26 de mayo hemos celebrado la jornada ‘Prevención del Blanqueo de Capitales: nuevos factores de riesgo en el desarrollo de la actividad profesional’, con el fin de facilitar una aproximación general a los aspectos clave de la nueva regulación del RD Ley 7/2021 de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, que reforma la Ley 10/2010 de 28 de abril. Este webinar gratuito ha sido coordinado por Luis Rubí, socio director de Rubí Blanc Abogados, y ha contado con la intervención de Pedro Galindo, director del Órgano Centralizado de Prevención en materia de Blanqueo de Capitales del Consejo General del Notariado, y Eladio Acevedo, vicepresidente del REA+REGA del Consejo General de Economistas. Además, y con el objetivo de profundizar en la nueva regulación y en aspectos que afectan a las actividades profesionales y en los factores de riesgo y dificultades prácticas a la hora de aplicar los procedimientos de PBC/FT. organizamos un Congreso especializado el próximo 6 de julio en el que se profundizará en las implicaciones de la nueva regulación. Relación con la actividad supervisora Durante su intervención en el webinar, Luis Rubí se ha referido a la reforma legal y a las modificaciones introducidas por el RD Ley 7/2021 del 28 de abril, así como a la problemática de la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, especialmente para los abogados, asesores fiscales, notarios y auditores, señalando la necesidad de facilitar el cumplimiento y mejorar la relación con la autoridad supervisora. Por su parte, Pedro Galindo ha calificado como “auténtico lío” el que existe actualmente desde el punto de vista de la PBC y FT y las novedades que se avecinan, entre las que ha subrayado el reglamento de la UE, la atribución a una entidad supervisora (que de momento no va a estar unificada), o una nueva directiva. También ha señalado la gran confusión desde el punto de vista normativo en relación con las monedas virtuales, criptomonedas, bitcoin, etc. Por último, Eladio Acevedo ha mencionado el gran cambio que se ha producido en los últimos 10 años en la realidad económica para finalmente señalar la oportunidad de repensar todo lo relacionado con este ámbito: "Es momento de formarnos y hacer un repaso de las obligaciones de los auditores, expertos contables externos y asesores fiscales para identificar un riesgo potencial relacionado con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo". Acevedo también se ha referido a los auditores como sujetos obligados a la aplicación de medidas de diligencia debida para la identificación de los clientes y sus actividades, así como a la identificación de situaciones que pudieran ser indicativas de actividades sospechosas relacionadas con el blanqueo de capitales, que deben ser comunicadas al SEPBLAC. Congreso sobre Prevención del Blanqueo de Capitales de Lefebvre. Más información.