CS3D: contenido del nuevo acuerdo

Autor: Lefebvre CS3D: contenido del nuevo acuerdo

Tras un giro de 180 grados a finales de febrero, el Consejo Europeo (en Coreper) aprobó finalmente, el 15 de marzo de 2024, un texto de compromiso relativo a la propuesta de directiva sobre responsabilidad social de las empresas (RSE3D), presentada por la Presidencia belga. Esta directiva representa un importante punto de inflexión para las empresas de la Unión Europea. He aquí un resumen de los principales cambios introducidos por esta nueva versión del texto.

¿Cuáles son los principales cambios del texto?

Los ajustes introducidos por el acuerdo incluyen

  • El aumento de los umbrales de aplicación de las DSCE: esto aleja a las pequeñas y medianas empresas de su ámbito de aplicación original.
  • La supresión del enfoque de los sectores de alto riesgo: se sustituye por una disposición de revisión, que deja la posibilidad de reexaminar este punto más adelante, si fuera necesario.
  • Definición de la cadena de actividades cubiertas : las obligaciones de diligencia debida se centran ahora en los socios comerciales directos y no en los indirectos.
  • La exclusión de las disposiciones relativas a los servicios financieros: la Comisión deberá presentar un informe sobre la necesidad de establecer requisitos adicionales para las entidades financieras.
  • Adopción de planes de transición climática por parte de las empresas afectadas: se considerará que las empresas que declaren un plan de este tipo de conformidad con los requisitos de la Directiva CSRD han cumplido con la obligación establecida en la Directiva CS3D.

¿A qué empresas afecta y a partir de cuándo?

Se han revisado los umbrales de aplicación de la directiva: ahora la directiva se dirigirá a las empresas con más de 1.000 empleados (de media) y un volumen de negocios mundial superior a 450 millones de euros (sobre una base consolidada o no consolidada).

Se aplicarán periodos de aplicación escalonados en función del tamaño de la empresa:

  • 3 años después de la entrada en vigor de la directiva para las empresas con más de 5.000 empleados y un volumen de negocios mundial superior a 1.500 millones de euros.
  • 4 años después para las empresas con más de 3.000 empleados y un volumen de negocio mundial superior a 900 millones de euros.
  • 5 años para todas las empresas incluidas en el ámbito de aplicación del CS3D.

¿Cuáles son las sanciones para las empresas?

Además de las sanciones previstas inicialmente, se han añadido medidas contra la elusión, en particular disposiciones relativas a los grupos de empresas. Las empresas que no cumplan las disposiciones del CS3D pueden ser objeto de multas económicas (correspondientes a un máximo del 5% de las ventas netas mundiales) y de medidas correctoras por parte de las autoridades competentes.

¿Qué deben hacer las empresas?

A pesar de la reducción del ámbito de aplicación y de los plazos, es crucial que las empresas afectadas no esperen para evaluar el impacto potencial y elaborar planes de acción vinculados a su deber europeo de diligencia.

¿Cuáles son los próximos pasos?

Una vez aprobado el compromiso por el pleno del Parlamento Europeo a finales de abril, la directiva será adoptada formalmente por el Consejo. Tras su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, entrará en vigor 20 días después. Los Estados miembros dispondrán entonces de 2 años para transponer la directiva.

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