Transposición de la Directiva CSRD: entrevista con Pascal Durand

Autor: Lefebvre Transposición de la Directiva CSRD: entrevista con Pascal Durand

¿Cuál es la definición de CSRD y su alcance jurídico?

La Directiva sobre la publicación de información en materia de sostenibilidad por parte de determinadas empresas (CSRD), adoptada en noviembre de 2022, marca la llegada del rigor y el fin de la arbitrariedad en la información extrafinanciera. Como consecuencia, el informe de sostenibilidad pasará a ser tan importante como el estado financiero. La directiva no se limita a pedir información sólo sobre la materialidad financiera, que determina, basándose en la teoría del riesgo, cómo el valor de una empresa se ve afectado por su entorno, sino también cómo la actividad de una empresa impacta en su entorno: es la doble materialidad.

La legislación se aplica a las grandes empresas con más de 250 empleados, es decir, unas 50.000 entidades, incluidos los bancos.

Tras un periodo transitorio hasta 2028, las pequeñas y medianas empresas (pymes) que coticen en bolsa también se verán afectadas, pero según criterios “proporcionados”, para evitar frenar las ofertas públicas iniciales.

El legislador europeo ha establecido la extraterritorialidad incluso para las empresas no europeas que operan en el mercado europeo, siguiendo el ejemplo de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) definidas en Estados Unidos. A partir de 2025, estas normas se aplicarán a las empresas no europeas con un volumen de negocios de 150 millones de euros, con el fin de mantener una competencia leal en nuestro mercado interior.

Además, la información relativa al impacto sobre el clima o los derechos humanos estará sujeta a una auditoría certificada, como ya ocurre con los estados financieros. Esta auditoría podrá ser realizada por organismos independientes acreditados, incluidos bufetes de abogados en todos los Estados miembros que lo permitan.

¿Cuáles son las consecuencias para la transformación del papel de la empresa?

La adopción de estas nuevas normas estandarizadas de información permite a las empresas aplicar un marco jurídico adaptado a un mundo cambiante. Las empresas tienen ahora que integrar una dimensión de interés general y, en consecuencia, tienen una vocación más social, en particular en la aplicación del Acuerdo de París y de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas (ONU). La cuestión de la sostenibilidad está indisolublemente ligada al valor de las empresas. Es cierto que la señal del precio seguirá siendo a menudo el factor determinante, pero ya no puede ser el único indicador de la producción o el comercio.

La adopción de estas nuevas obligaciones de transparencia hará que se tengan en cuenta en todos los niveles de la empresa: desde los departamentos de compras y producción hasta los consejos de administración, los inversores, los accionistas y los sindicatos.

Para guiar esta transformación, la Comisión Europea ha encargado al Grupo Consultivo Europeo en materia de Información Financiera (EFRAG) la elaboración de estas normas no financieras.

Un primer conjunto de normas fue aprobado por los colegisladores el 18 de octubre de 2023 y empezará a aplicarse en 2024, con los primeros informes en 2025.

Esta directiva, que se refiere a una simple obligación de informar, exige a las empresas que presenten un cuadro de mando sobre criterios de sostenibilidad, que sea utilizado por la empresa en su gobierno, sus inversores y las partes interesadas. Además de la carga informativa adicional, el objetivo es proporcionar información esencial para la sostenibilidad de los negocios y la reputación de la empresa.

Las normas elegidas por la Unión Europea se basan en gran medida en normas internacionales ya utilizadas por las propias empresas, por lo que no constituirán una carga adicional. Al contrario, harán más fluidos los intercambios internacionales en las cadenas de valor. Los datos se someterán a un estricto proceso de materialidad que, en última instancia, reducirá el número de declaraciones al limitarlas a las más relevantes para la empresa en cuestión.

¿Cuándo y cómo debe preverse la transposición nacional?

Los Estados miembros tienen hasta junio de 2024 para adoptar medidas nacionales de transposición.

La organización de la profesión de auditor, la supervisión y el régimen de sanciones aplicable tanto a las empresas que informan como a los profesionales que certifican los informes quedan en manos de los Estados miembros.

Hasta la fecha, sólo una minoría de Estados miembros ha anunciado que abrirá su mercado de auditoría a profesionales que no sean auditores, lo cual es lamentable porque obstaculizará una competencia más abierta.

El CSRD es un paso importante hacia un mercado europeo más transparente, justo y eficiente. También forma parte de la afirmación de la Unión Europea como legislador soberano e independiente en materia de sostenibilidad. También forma parte de la voluntad, reafirmada en el Green Deal, de establecer normas europeas precisas sobre taxonomía verde, planes de transición climática, cuestiones medioambientales y de biodiversidad, y derechos humanos y sociales.

Por último, servirá de base para la futura legislación sobre diligencia debida y transparencia en las cadenas de valor.

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