Regulación de los órganos de representación y gobernanza del Mar Menor

Autor: Europa Press Regulación de los órganos de representación y gobernanza del Mar Menor

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regula el régimen de constitución, composición y funcionamiento de los órganos de representación y gobernanza del Mar Menor y su cuenca. Con este paso se inicia la actividad de la novedosa persona jurídica, que tendrá plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, orientados a la protección de los derechos que la ley le reconoce. La laguna se convierte así en el primer ecosistema de Europa que cuenta con personalidad jurídica.

Para hacer efectivo el reconocimiento de la personalidad jurídica, la Ley de 30 de septiembre, en su artículo 3, crea tres órganos para su representación y gobernanza: el comité de representantes; la comisión de seguimiento, y el comité científico.

Comisión de seguimiento

La comisión de seguimiento estará integrada por 19 miembros, con la denominación de guardianes y guardianas de la laguna del Mar Menor: ocho miembros en representación de los municipios ribereños o de la cuenca y 11 miembros en representación de los sectores económicos, sociales y medioambientales, en el ámbito territorial de la Región de Murcia.

Comité científico

El comité científico está conformado por personas científicas y expertas independientes de reconocido prestigio, especializados en el estudio del Mar Menor desde distintas áreas de conocimiento y que serán designados respectivamente por los siguientes organismos:

  • Las Universidades de Murcia y Alicante.
  • El Centro Oceanográfico de Murcia del Instituto Español de Oceanografía.
  • La Sociedad Ibérica de Ecología.
  • El Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

La Ley determina la composición y funciones básicas de estos órganos, pero mediante esta regulación se articula la forma en la que deben constituirse y funcionar para que el Mar Menor y su cuenca pueden ejercer sus derechos propios, tales como el derecho a existir y a evolucionar naturalmente, el derecho su protección o los derechos a su conservación y restauración.

Antecedentes

En el año 2022 se aprobó una de las figuras más innovadoras y singulares en materias protección de nuestra biodiversidad, la Ley 19/2022, de 30 de septiembre, para el reconocimiento de personalidad jurídica a la laguna del Mar Menor y su cuenca. Esta norma supuso considerar este ecosistema como sujeto titular de una carta de derechos propios capaz de ejercer por sí mismo.

Esta ley surgió de la iniciativa legislativa popular y el Tribunal Constitucional, en sentencia del año 2024, ha confirmado reconociendo que es la primera norma euromediterránea que se inscribe dentro del modelo que atribuye personalidad jurídica a los entes naturales.

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