El Consejo de ministros ha acordado autorizar la aceptación y la aplicación provisional de la Enmienda de 2009 al Protocolo de 1996 relativo al Convenio sobre la prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias, 1972. Enmienda al artículo 6 del Protocolo de Londres, adoptada mediante la Resolución LP.3(4).
El Convenio sobre la prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias, 1972 es uno de los primeros convenios mundiales dedicados a proteger el medio marino de las actividades de los seres humanos y está en vigor desde 1975.
Su objetivo es el fomento del control efectivo de todas las fuentes de contaminación del mar y la adopción de todas las medidas posibles para prevenir la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias.
El 30 de octubre de 2009, durante la cuarta Reunión de las Partes Contratantes del Protocolo de 1996, se adoptó por Resolución LP.3(4) una Enmienda a fin de permitir la exportación de dióxido de carbono con fines de almacenamiento permanente en formaciones geológicas situadas bajo el fondo marino.