Poner orden en las calificaciones ESG, un sector que se ha convertido en clave para los mercados financieros, pero cuyas prácticas suscitan una gran desconfianza… Este es el objetivo del proyecto de reglamento finalmente adoptado por el Parlamento Europeo el 24 de abril.
El preámbulo del reglamento expone claramente el problema: “Durante la consulta pública que tuvo lugar en 2022, las partes interesadas confirmaron su preocupación por la falta de transparencia de los métodos y objetivos de la calificación ESG y la claridad de las actividades de calificación ESG. Dado que la confianza desempeña un papel fundamental en el funcionamiento de los mercados financieros, esta falta de transparencia y fiabilidad debe resolverse urgentemente”.
Una de las quejas recurrentes contra estas agencias es la dificultad para comprender con precisión a qué se refieren las calificaciones publicadas. La confusión es aún mayor cuando, como suele ocurrir, la calificación es “agregada”, es decir, abarca factores medioambientales, sociales y de gobernanza. Normalmente, una empresa de la industria pesada cuya huella ecológica es la principal preocupación de los inversores puede recibir una calificación global relativamente buena sólo porque sus prácticas de gobernanza se consideran virtuosas. Más aún si la agencia da más peso al factor “G”, la gobernanza.
La reforma de la Unión Europea debe poner fin a este tipo de prácticas engañosas. ¿Pero cómo? “Las agencias tendrán que dividir sus calificaciones para los factores medioambientales, sociales y de gobernanza. Si se proporciona una única calificación ESG, la ponderación de los factores E, S y G tendrá que ser explícita”, indicaba Reuters el 6 de febrero, tras el acuerdo final entre las instituciones de la UE. Leyendo este despacho, ampliamente difundido por los medios de comunicación, es difícil determinar si el reglamento introduce una obligación estricta de “separar” los tres factores, como pedía el Parlamento Europeo y su ponente, Aurore Lalucq (eurodiputada francesa del grupo de los Socialistas y Demócratas), o no.
Sin embargo, el reglamento parece claro: “Se proporcionarán por separado las calificaciones E, S y G, en lugar de una única medida ESG que combine los tres factores” (artículo 23, apartado 2). Pero muy rápidamente se abre la puerta a las excepciones, ya que en el párrafo siguiente se especifica que sigue siendo posible presentar una única calificación agregada.
“Para entender lo que dice el compromiso final sobre este punto, hay que leer atentamente el anexo III”, explica Vincent Vandeloise, responsable de finanzas sostenibles de la ONG Finance. La información que las agencias deberán divulgar difiere según se dirija al “público” (enumerado en el apartado 1 del anexo III) o a un “usuario de la calificación ESG”, es decir, “una persona física o jurídica” a la que la calificación “se proporciona mediante suscripción o a través de otras relaciones contractuales” (apartado 2 del anexo III).
Cuando la comunicación se dirige al público, a través de su sitio web por ejemplo, las agencias pueden limitarse a una calificación agregada. Sin embargo, deben especificar “la ponderación de cada una de las tres categorías principales de factores ESG (por ejemplo, 33% Medio Ambiente, 33% Social, 33% Gobernanza) y una explicación del método de ponderación […]”, reza la letra h) del apartado 1 del anexo III, a la que obviamente se refería Reuters. Por tanto, estamos lejos de tener 3 calificaciones distintas, ya que será prácticamente imposible deducir una calificación E, S o G aislada a pesar de esta transparencia. Los inversores particulares que no se suscriban no tendrán acceso a una calificación detallada, “lo que es lamentable, dado que en general están menos equipados para entenderlo todo”, señala Vincent Vandeloise.
Por otra parte, cuando la calificación se envía a sus suscriptores, la calificación agregada debe ir acompañada del “resultado de la evaluación para cada una de las categorías de factores ASG, presentado de forma que se garantice la comparabilidad de las categorías E, S y G”, tal como se estipula en el inciso iii) de la letra a) del apartado 2 del anexo III. Así que aquí tenemos la obligación de comunicar las tres calificaciones por separado, pero sólo a las personas o empresas suscritas a la agencia de calificación. No es poca cosa: según el experto en finanzas sostenibles, “las instituciones financieras hacen un uso masivo [de estas calificaciones] para determinar su política de inversión sostenible”.
El nuevo reglamento europeo es, por tanto, un paso innegable hacia una mayor transparencia, y proporcionará información más detallada a quienes puedan permitirse suscribirse a las agencias de calificación. Pero en términos de transparencia, establece una asimetría de información entre suscriptores y no suscriptores. Un paso importante, sin duda, pero que no es directamente accesible al mayor número de personas.