En él propone, entre otras medidas, establecer una nueva categoría de empresa. Para estas empresas de tamaño intermedio (ETI), se introducirían alivios regulatorios. Sin embargo, este paquete de medidas no afecta, por ahora, al informe de sostenibilidad. Por tanto, esta nueva categoría de empresa no estaría exenta jurídicamente de elaborar su estado de sostenibilidad.
Se considerarán ETI, según el derecho europeo, aquellas empresas que cumplan al menos dos de los siguientes tres criterios:
En cuanto a la normativa ESG que podría cambiar si este cuarto paquete se adopta en su versión actual, cabe destacar la que impone un deber de diligencia a las empresas que comercializan (o ponen en servicio) baterías en el mercado (Reglamento 2023/1542).
Así, una ETI del sector de las baterías podría quedar exenta de algunas reglas vinculadas al deber de diligencia y a la trazabilidad de su cadena de suministro, que actualmente debe cumplir en virtud de la normativa europea vigente.