Directrices de la ESMA para el uso de términos ESG y sostenibilidad en los nombres de los fondos

Autor: Lefebvre Directrices de la ESMA para el uso de términos ESG y sostenibilidad en los nombres de los fondos

Después de su declaración pública el 14 de diciembre de 2023, la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA), el organismo encargado de regular y supervisar los mercados financieros de la UE, ha divulgado el informe final que incluye las pautas para el uso de términos vinculados a ESG (medioambientales, sociales y de gobernanza) o sostenibilidad en los nombres de los fondos.

El propósito principal de estas pautas es salvaguardar a los inversores de reclamaciones sobre sostenibilidad infundadas o excesivas en los nombres de los fondos. Además, estas directrices proveen a los gestores de activos con parámetros claros y cuantificables para evaluar su capacidad de incorporar términos relacionados con ESG o sostenibilidad en los nombres de los fondos.

Según las pautas, para que se permita el uso de estos términos, al menos el 80% de las inversiones deben destinarse a cumplir objetivos de características medioambientales, sociales o de inversión sostenible. Además, las pautas establecen criterios de exclusión para varios términos utilizados en los nombres de los fondos:

  • Para términos asociados a “Medioambiental”, “Impacto” y “Sostenibilidad”: se aplican exclusiones según las reglas de los Benchmarks Alineados con París (PAB).
  • Para términos relacionados con “Transición”, “Social” y “Gobernanza”: se aplican exclusiones según las reglas de los Benchmarks de Transición Climática (CTB).

En casos de uso combinado de términos, términos relacionados con transición, sostenibilidad e impacto, y para fondos que especifican un índice como benchmark de referencia, se establecen criterios adicionales en las pautas.

El informe final que incluye las pautas también resume las respuestas que la ESMA recibió a su documento de consulta y explica el enfoque adoptado para abordar los comentarios recibidos.

Entrada en vigor y publicación

Las pautas serán traducidas a todos los idiomas de la UE y posteriormente se publicarán en el sitio web de la ESMA. Entrarán en vigor tres meses después de dicha publicación.

En un plazo de dos meses a partir de la fecha de publicación de las pautas en el sitio web de la ESMA en todos los idiomas oficiales de la UE, las autoridades competentes a las que se aplican estas pautas deben informar a la ESMA si (i) cumplen, (ii) no cumplen, pero tienen la intención de cumplir, o (iii) no cumplen y no tienen la intención de cumplir con las pautas.

El período de transición para los fondos existentes antes de la fecha de aplicación será de seis meses después de esa fecha. Cualquier nuevo fondo creado después de la fecha de aplicación deberá acatar estas pautas de inmediato en lo que respecta a esos fondos.

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