Modificación de los tipos impositivos de productos energéticos

28 abril 2026

Con efectos 30-4-2026, se da nueva redacción a la normativa que reduce con carácter temporal los tipos impositivos de determinados suministros de energía.
Actualidad. 28 de abril a 4 de mayo de 2026 Modificación de los tipos impositivos de productos energéticos Con efectos 30-4-2026, se da nueva redacción a la normativa que reduce con carácter temporal los tipos impositivos de determinados suministros de energía. MF nº 10155 MIVA nº 2020 8 Intentando dar seguridad jurídica a los contribuyentes se modifica la redacción del RDL 7/2026 art.42 redacc RDL 10/2026, que implementaba una reducción de los tipos impositivos del IVA en determinadas entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de productos energéticos. Así, con entrada en vigor 30-4-2026: - se incluye dentro de la aplicación del tipo impositivo reducido a aquellos titulares de contratos de suministro de electricidad cuyo término fijo de potencia sea igual a 10kW (con anterioridad debía ser inferior a esa cantidad); y- se elimina la referencia a gasolinas, gasóleos y biocarburante, y se hace una remisión directa a los productos de los epígrafes 1.2.1, 1.2.2, 1.3, 1.4, 1.5, 1.6, 1.8, 1.12, 1.13, 1.14 y 1.15 de la tarifa recogidos en L 38/1992 art.50.1.1ª.RDL 7/2026 art.42 redacc RDL 10/2026 disp.final segunda. Dos, BOE 29-4-2026

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