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El Memento Práctico IRPF de Lefebvre contiene las principales novedades y deducciones en la Campaña de Renta 2021

18 de abril de 2022

Presentamos el Memento Práctico IRPF 2022 con todas las novedades y deducciones que afectan a familias, empresarios individuales y asesores fiscales.

Como ayuda previa para que los contribuyentes puedan presentar su declaración de la renta, los expertos de Lefebvre han analizado las 7 principales novedades y deducciones sobre IRPF de la Campaña de Renta 2021.

  • Teletrabajo. El año 2021 también estuvo marcado por el teletrabajo y con respecto al tratamiento fiscal en el cálculo de los rendimientos del trabajo, a día de hoy, no se puede deducir ningún gasto de la vivienda en la que se teletrabaja, como la luz, el agua o Internet. No obstante, sí se admite la posibilidad de utilizar los vales comida durante los días de teletrabajo.
  • Inmuebles. Una de las novedades más llamativas es la creación de una nueva casilla, para que, los arrendadores de locales que voluntariamente acordaron rebajar el alquiler en los tres primeros meses del año pasado puedan consignar dicha rebaja como gasto deducible. Esta casilla solo podrán utilizarla aquellos que no posean más de 10 inmuebles urbanos, excluidos garajes y traseros, cuya superficie construida no supere los 1.500 m2 y que hayan suscrito un contrato de arrendamiento para uso distinto del de vivienda o de industria.
  • Eficiencia energética. Otra de las novedades más interesantes de este año son las tres deducciones temporales que se aplican por las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética:

- La primera deducción permite una reducción del 20% por obras que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética de la vivienda habitual, con una deducción máxima de 5.000€ (siempre que las obras contribuyan al menos a un 7% en la demanda de la calefacción y refrigeración). - La segunda deducción, también aplicable a la vivienda habitual o arrendada, permite una deducción de hasta un 40% con un máximo de 7.500€ (siempre que las obras contribuyan al menos a un 30% en la demanda de la calefacción y refrigeración). - La tercera deducción se aplica a aquellas obras de rehabilitación que mejoren la eficiencia energética en edificios de uso predominantemente residencial, con una deducción máxima de 15.000 euros (siempre que las obras contribuyan al menos a un 60% en la demanda de la calefacción y refrigeración).

  • Ingreso Mínimo Vital. El Ingreso Mínimo Vital, junto con el resto de las prestaciones económicas concedidas por las CCAA, está exento del IRPF hasta un importe máximo anual conjunto de 1,5 veces el IPREM. No obstante, el artículo 33 del RDL 20/2020 establece para las personas titulares del Ingreso Mínimo Vital, la obligación de presentar anualmente la declaración del IRPF correspondiente.
  • Criptomonedas. El intercambio entre monedas virtuales fuera de una actividad económica puede originar una ganancia o pérdida patrimonial y se debe declarar. Dicho intercambio entre monedas virtuales diferentes, así como las obtenidas en la transmisión de monedas virtuales a cambio de dinero, se integran y compensan en la base imponible del ahorro.
  • Límite de aportación en los sistemas previsión social. El año pasado, el conjunto de las aportaciones anuales máximas con derecho a reducción de la base imponible no podía exceder de 2.000€. Este límite se incrementa hasta 8.000€ por las contribuciones efectuadas por la empresa, aplicándose individualmente a cada contribuyente integrado por unidad familiar.
  • Deducciones autonómicas. Es muy importante que los contribuyentes revisen las deducciones aprobadas por la Comunidad Autónoma donde residan y el cumplimiento de los requisitos porque se observa con mayor frecuencia un favorecimiento a las deducciones que buscan evitar el despoblamiento de las zonas rurales y el fomento del emprendimiento

El miércoles 6 de abril arrancó el periodo de presentación de la declaración de la renta del ejercicio 2021 y los contribuyentes tendrán hasta el próximo 30 de junio para solicitar y presentar su borrador. Los últimos datos de la Agencia Tributaria, estiman que este año se presentarán más de 21 millones de declaraciones, un 0,9% más que el año pasado.

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