Transparencia empresarial y responsabilidad social de las empresas

Autor: Lefebvre Transparencia empresarial y responsabilidad social de las empresas

El Consejo de Ministros ha decidido abrir a audiencia pública el texto del anteproyecto de ley que establece el marco para la información corporativa relacionada con el medio ambiente, la responsabilidad social y la gobernanza.

Las normas que se reforman son: el Código de Comercio, la Ley de Sociedades de Capital, la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, y su reglamento de desarrollo.

La información que deberán proporcionar las empresas incluirá datos sobre el medio ambiente, sociales, de derechos humanos y de gobernanza, así como sobre la forma en que la actividad de la empresa se relaciona con aquellas actividades consideradas sostenibles medioambientalmente.

Esta información obligatoria deberá incluir, entre otros temas, el modelo de negocio y estrategia, objetivos, órganos de administración, políticas, procedimientos de diligencia debida, cadena de valor, principales riesgos e indicadores.

La información requerida coincide en gran medida con lo previsto en la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, sobre información no financiera, por lo que este Anteproyecto se basa en los principios establecidos en dicha ley.

Facilidades para las PYMES

Esta nueva normativa es extensiva a todas las empresas cotizadas y entidades financieras, con la excepción de las microempresas (activos de menos de 350.000 euros, cifra de negocios menor a 700.000 euros o menos de 10 empleados). El periodo de adaptación será gradual con una entrada en vigor escalonada.

La Comisión Europea ha adoptado unas normas específicas para las PYMES, con contenido más reducido, normas específicas para presentar la información y un periodo adicional para prepararse para el nuevo requisito informativo, con la entrada en vigor de la norma a partir de 2026.

Normas de presentación de la información a nivel europeo

Con el fin de garantizar la comparabilidad de la información a nivel europeo, la Comisión Europea ha adoptado un conjunto de normas para la presentación de información sobre sostenibilidad mediante actos delegados. Estas reglas han sido desarrolladas con el asesoramiento del European Financial Reporting Advisory Group (EFRAG).

Por otro lado, la información no financiera se incluirá como una sección específica en el informe de gestión, así como se exigirá que la información financiera y de sostenibilidad sea presentada en un único formato electrónico obligatorio. Esta medida contribuirá a la digitalización de datos a escala de la Unión Europea.

Las empresas filiales o sucursales de terceros países que tengan una actividad relevante en la Unión Europea deberán publicar un informe de sostenibilidad para garantizar la igualdad de trato con las empresas comunitarias de dicho tercer país.

Para asegurar la legitimidad de la información presentada, el proceso de verificación y control público de la actividad será llevado a cabo por un auditor de cuentas o un proveedor independiente de servicios de verificación.

España, a diferencia de otros países, ya había previsto esta medida en la Ley 11/2018, con el fin de garantizar la fiabilidad y comparabilidad del informe. Esta verificación tendrá un control público mediante el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), de forma equivalente a la auditoría de cuentas.

Finalmente, este proyecto de ley es un paso hacia la transparencia empresarial y la responsabilidad social de las empresas, contribuyendo de manera significativa a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Establece un marco para entender cómo los factores sociales y ambientales afectan la actividad de las empresas, así como cómo esta actividad afecta a la sociedad y al medio ambiente.

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